
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó las reglas fiscales relacionadas con los depósitos bancarios, con el fin de reforzar el control fiscal, fomentar la transparencia y prevenir irregularidades en el flujo de dinero dentro del sistema financiero de México.
De acuerdo con el Artículo 59 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los depósitos recibidos por una persona física o moral pueden presumirse como ingresos sujetos a impuestos si no están registrados contablemente o si no se puede comprobar su procedencia.
Estas modificaciones publicadas recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establecen un nuevo límite anual de 2 millones 28 mil 610 pesos para los depósitos que no requieren el pago de impuestos adicionales.
El SAT indicó que, si una persona recibe depósitos que superen el límite establecido pero no está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes(RFC) o no lleva contabilidad formal, dichos montos podrían ser considerados ingresos gravables, por lo que debe demostrar que provienen de fuentes legales como herencias, préstamos o donaciones.
Para evitar sanciones o multas, el SAT recomendó a los contribuyentes:
- Actualizados sus datos en el RFC frecuentemente
- Presentar sus declaraciones fiscales en tiempo y forma
- Registrar correctamente los movimientos bancarios
- Revisar periódicamente el Buzón Tributario para atender notificaciones oficiales
